Protegemos las decisiones que cambian el rumbo.
Diseñamos la estructura jurídica detrás de las decisiones que hacen crecer, transforman o escalan una empresa.
Leemos la letra chica antes de que usted la firme.
Que celebran, por una parte, LA EMPRESA, representada en este acto por su administrador único, y por la otra, EL PROVEEDOR, al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas.
I. Declara LA EMPRESA que es una sociedad mercantil constituida conforme a las leyes mexicanas y que su representante cuenta con facultades suficientes para obligarla en los términos de este contrato.
II. Declara EL PROVEEDOR que cuenta con los elementos propios y suficientes para cumplir con las obligaciones que asume.
PRIMERA. Objeto. EL PROVEEDOR se obliga a prestar a LA EMPRESA los servicios descritos en el Anexo A, conforme a los niveles de servicio que las partes acuerden posteriormente.
SEGUNDA. Contraprestación. LA EMPRESA pagará la cantidad señalada en el Anexo B. EL PROVEEDOR podrá actualizar sus tarifas en cualquier momento mediante simple aviso.
TERCERA. Vigencia. El presente contrato tendrá una vigencia de doce meses y se renovará automáticamente por periodos iguales, salvo aviso por escrito con noventa días de anticipación.
CUARTA. Confidencialidad. LA EMPRESA guardará estricta confidencialidad sobre la información que reciba de EL PROVEEDOR.
QUINTA. Cesión. EL PROVEEDOR podrá ceder los derechos y obligaciones derivados de este contrato a cualquier tercero.
SEXTA. Terminación. Cualquiera de las partes podrá dar por terminado el presente contrato en caso de incumplimiento de la otra, previa notificación por escrito.
SÉPTIMA. Jurisdicción. Para la interpretación y cumplimiento de este contrato, las partes se someten a los tribunales que EL PROVEEDOR designe, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
El derecho, pensado como infraestructura de negocio.
Las empresas no pueden detener una operación mientras la información se dispersa, las versiones se multiplican o las decisiones esperan una revisión tardía.
En Ibarra Quezada el derecho funciona como la estructura que sostiene esa operación: el sistema que permite construir, moverse y decidir. El derecho se mueve al mismo ritmo que el negocio: cuando constituye, contrata, invierte, crece o se transforma.
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I.Que poneEl negocio antes que el papel
Primero entendemos cómo funciona la empresa. Después determinamos qué estructura necesita.
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II.Que poneLa estructura antes que el documento
El contrato, el acta o la política son la forma que toma una estructura ya pensada, no el punto de partida.
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III.Que poneLa operación antes que el modelo
Cada estructura se diseña a partir de cómo funciona esa empresa en particular.
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IV.Que poneLo que sigue, antes que el cierre
Una empresa sigue moviéndose después de cada decisión. La estructura tiene que poder moverse con ella.
Las decisiones complejas requieren estructura.
Descargar brochure de la firma ↓De la decisión a la estructura.
Constituir una empresa, firmar un contrato, entrar a un nuevo mercado o vender el negocio son, antes que nada, decisiones de negocio. Nuestro trabajo es darles la estructura jurídica que permite ejecutarlas.
¿Quién decide el día que los socios no estén de acuerdo?
La forma en que se constituye una empresa determina cómo crece, cómo se financia y quién decide qué el día que las cosas se complican. Diseñamos esa arquitectura societaria (S.A. de C.V., S. de R.L., SAPI) y los convenios entre socios a partir de cómo va a operar el negocio.
Conocer más →¿Qué pasa el día que la otra parte deja de cumplir?
Cada relación comercial, con un proveedor, un distribuidor, un cliente clave, funciona de cierta manera en la práctica. Convertimos esa forma de operar en acuerdos que se pueden hacer cumplir: servicios, distribución, arrendamiento, licencias, confidencialidad.
Conocer más →¿Cómo se ordena un equipo mientras crece?
Contratar, organizar y hacer crecer un equipo tiene reglas específicas en México: contratos de trabajo, reglamentos internos, NOM-035, REPSE. Construimos esa estructura laboral al mismo tiempo que la empresa construye su equipo.
Conocer más →¿Quién aprueba qué, y dónde consta?
Un consejo, un comité, una política de datos: la forma en que una empresa se gobierna es, en sí misma, parte de su arquitectura. La diseñamos para que resista la pregunta de un inversionista o un regulador.
¿Qué dicen los contratos que no dice el pitch deck?
Comprar, vender o fusionar una empresa es una de las decisiones que más cambia su trayectoria. Estructuramos la operación (due diligence, pactos de accionistas, términos de cierre) para que sostenga lo que el negocio va a ser después.
¿Dónde vive hoy la última versión de cada contrato?
Las empresas que crecen dejan de poder operar por correo y carpetas compartidas. Diseñamos cómo se generan, aprueban y dan seguimiento sus contratos y documentos para que lo legal avance al ritmo del negocio.
Método IQ.
Cada asunto empieza por entender la decisión, la operación y el nivel de riesgo de su empresa. Combinamos análisis jurídico y técnico para revisar información y contrastar versiones. El criterio final es siempre de un abogado que entiende la operación completa detrás del documento.
- Paso 01
Entender
Antes de hablar de contratos, entendemos su negocio y lo que está en juego.
- Paso 02
Anticipar
Identificamos los riesgos antes de que se conviertan en problemas.
- Paso 03
Estructurar
Convertimos su decisión en contratos y estructuras que protegen lo que construyó.
- Paso 04
Acompañar
Ajustamos la estructura a cada nueva etapa del negocio.
“Usted decide. Nosotros nos aseguramos de que esa decisión lo proteja.”
- Seis áreas de práctica. Un mismo criterio jurídico.
- Hemos estado del lado de quien decide.
- Alcance, estrategia y honorarios definidos desde el inicio.
Derecho para cada etapa de su empresa.
Cada empresa enfrenta retos legales distintos según su tamaño y su momento. Acompañamos a quien constituye su primera sociedad, al grupo corporativo con operaciones complejas y a la empresa que está a punto de cambiar de manos.
Constituir bien su empresa desde el inicio evita conflictos societarios costosos más adelante. Acompañamos a fundadores en cada decisión legal de los primeros años del negocio, antes de que se conviertan en un problema en la due diligence de su próxima ronda.
- Constitución de sociedades y estructura inicial
- Convenios entre socios y esquemas de vesting
- Contratos fundacionales con proveedores y clientes
- Primeros contratos laborales y políticas internas
- Protección de marca y activos intangibles desde el día uno
- Preparación legal para rondas de inversión
Las empresas familiares y las PyMEs cargan con retos propios: sucesión sin resolver, gobierno corporativo informal y contratos que crecieron sin orden. Ponemos estructura donde hoy hay buena voluntad, para que el negocio pueda escalar.
- Formalización de acuerdos entre familiares y socios
- Planes de sucesión y protocolo familiar
- Regularización de contratos laborales y de proveedores
- Estructuración fiscal-corporativa del grupo
- Cumplimiento normativo básico y protección de datos
- Resolución de conflictos societarios internos
A mayor tamaño, mayor exposición legal. Diseñamos gobierno corporativo y gestionamos contratos complejos para grupos empresariales.
- Gobierno corporativo: consejos, comités y políticas internas
- Contratos comerciales de alto valor y negociaciones complejas
- Cumplimiento regulatorio y prevención de lavado de dinero
- Fusiones, adquisiciones y reestructuras corporativas
- Auditorías legales
Una venta, la entrada de un nuevo socio o una reorganización cambian las reglas de la empresa. Las ordenamos antes de que cambien el negocio.
- Due diligence de compra o de venta
- Entrada de socios o inversionistas
- Reestructuras corporativas
- Integración de contratos y equipos después de la operación
Sectores que conocemos desde adentro.
Contratos con proveedores, locales comerciales y personal en punto de venta.
Contratos de transporte, flotillas y bodegas, con cumplimiento aduanero.
Términos, privacidad y relaciones con plataformas y operadores, para negocios que venden en línea en varios países.
Estructura societaria y contratos que escalan con el negocio.
Juan Carlos Ibarra Quezada
Juan Carlos trabajó años del lado de la empresa, en los departamentos legales de compañías internacionales de consumo y logística, al frente de un equipo legal en varios países de Latinoamérica. También colaboró con despachos internacionales en derecho corporativo, fusiones y adquisiciones.
En todos esos frentes vio el mismo patrón: el problema legal costoso rara vez nace de un juicio, sino de una cláusula mal redactada o de una estructura armada sin asesoría. Por eso fundó Ibarra Quezada Abogados: para acompañar a las empresas desde antes de decidir.
Lo que revisamos antes de firmar.
Anexo AElegir mal la figura societaria hoy se paga en costos fiscales y de gobierno corporativo mañana. Comparamos las opciones más comunes.
Leer artículo →
Anexo BCuando el prestador de un servicio especializado no tiene registro REPSE, quien lo contrata no puede deducir el pago ni acreditar el IVA. Esto es lo que conviene revisar.
Leer artículo →
Anexo CLa mayoría de los conflictos comerciales no nacen de la mala fe, sino de contratos ambiguos. Estas son las cláusulas que revisamos primero.
Leer artículo →Lo que nos preguntan antes de empezar.
Definir primero la estructura: tipo de sociedad, socios, capital, administración y reglas para tomar decisiones. Después vienen los estatutos, la firma ante notario, la inscripción en el Registro Público de Comercio y los trámites fiscales iniciales. Coordinamos todo el proceso para que la sociedad nazca pensada para cómo va a operar el negocio.
Más allá de la firma de las partes, un contrato efectivo debe definir con claridad el objeto, las condiciones de pago, las causales de terminación, la confidencialidad y el mecanismo de resolución de controversias. Un contrato incompleto no es inválido, pero deja vacíos que suelen convertirse en litigio.
Debe formalizarse el contrato individual de trabajo, inscribir al trabajador ante el IMSS, cumplir con el reparto de utilidades (PTU) cuando aplique, y observar la normatividad de seguridad e higiene, incluida la NOM-035. En Ibarra Quezada ayudamos a construir el expediente laboral correcto desde la primera contratación.
Desde la reforma laboral de 2021, la subcontratación de personal está prohibida. Solo se permite subcontratar servicios u obras especializados que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de quien los contrata, y quien los presta debe estar registrado en el padrón de la Secretaría del Trabajo (REPSE). Si el prestador no está registrado, el cliente no puede deducir el pago ni acreditar el IVA. Además, si el prestador incumple sus obligaciones con esos trabajadores, el cliente responde solidariamente frente a ellos.
Antes de firmar, es importante que un abogado revise el documento, no después de que surja un conflicto. Identificamos cláusulas riesgosas, negociamos términos desfavorables y verificamos que el contrato refleje realmente el acuerdo comercial alcanzado.
Sí. Asesoramos a empresas extranjeras que buscan constituirse u operar localmente, así como a empresas en expansión hacia Estados Unidos y Latinoamérica, atendiendo la estructura corporativa, contractual y regulatoria del lado local de la operación.
Conversemos sobre su próxima decisión.
Cuéntenos qué está por firmar o decidir.
